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Con la inconmensurable alegría que representa incorporarnos a una de las mejores editoriales jurídicas del mundo, abrimos Blog, un espacio de diálogo virtual -como nos gusta llamarlo a nosotros- para encontrarnos en permanente relación con los colegas que nos acompañan.
A partir de hoy, nos mantendremos en contacto con nuestros lectores a través de la mejor doctrina jurídica, las sentencias históricas y actuales más relevantes en las diversas ramas del derecho, con una frecuencia de al menos tres veces por semana, en el ámbito de esta prestigiosa editorial.
Ningún material compartido es elegido al azar. La idea rectora no es llenar espacios con un mero afán de "inflación de contenidos". Trataremos temas actuales, hitos jurisprudenciales -tanto argentinos como extranjeros-, novedades legislativas y toda información de interés profesional.
Agradecidos desde ya por esta oportunidad que nos otorgan las autoridades en la persona del Dr. Alejandro Depalma, asumimos el honroso compromiso y desafío de hacer que Blog sea una fuente de acceso a la compleja dinámica actual del mundo jurídico.
Después de todo ya lo decían en su época los grandiosos Alejandro Nieto y Tomas Ramón Fernández, en esa biblia jurídica que es "El Derecho y el Revés" al manifestar "...hay diferencias entre el escultor y el jurista. El primero trabaja con material inerte y tiene una meta definida; puede llegar a terminar su obra y a dar un último golpe de cincel. El jurista en cambio trabaja con materia viva, su meta es imprecisa y está en continuo movimiento. Siempre es necesario un nuevo golpe y se requiere una puesta a punto permanente, una renovación continua, no solo para llegar más lejos sino para no retroceder ante la injusticia y el abuso de poder de los más fuertes..."
Hacia allí vamos. Junto con ustedes.
Un ojo de la cara.
Publicado el 25.09.2017
Este artículo doctrinal de Pablo Salvador Coderch analiza cómo el Tribunal Supremo español resolvió casi 50 casos de reclamos de indemnización de daños por lesiones oculares entre 1996 y 1999. Se analizan la regulación legal de las lesiones oculares, la jurisprudencia que se aplica y las indemnizaciones concedidas por el Tribunal Supremo ibérico. Quien deba efectuar un reclamo por este tipo de lesiones no puede perderse esta auténtica joya de colección, que incluye jurisprudencia imperdible. Si bien relata el caso de España, gran parte de lo allí decidido puede aplicarse por estas latitudes.
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